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abril  29, 2024

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Directrices para el registro de obras autorales realizadas con Inteligencia Artificial Generativa: pautas de la Copyright Office de Estados Unidos. Elementos técnicos más allá del prompteo

Por Lucas Lehtinen


“La Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos (Copyright Office USA - USCO), con una rica historia y experiencia desde 1870, supervisa el registro de derechos de autor y asesora a diversas entidades gubernamentales sobre cuestiones relacionadas. En el contexto actual, la Oficina enfrenta desafíos y preguntas emergentes relacionadas con la Inteligencia Artificial (IA) y su capacidad para generar contenido expresivo. Aunque las tecnologías de IA, especialmente las generativas, pueden producir material en respuesta a instrucciones humanas, la Oficina mantiene una postura firme de que solo los elementos de una obra creados por humanos pueden ser protegidos por derechos de autor, basándose en precedentes legales y definiciones que vinculan la "autoría" exclusivamente a entidades humanas. La Oficina ha gestionado casos en los que se ha rechazado la autoría de IA y ha proporcionado directrices sobre cómo los solicitantes deben abordar el contenido generado por IA en sus aplicaciones de registro de derechos de autor. La Oficina también está explorando activamente, a través de iniciativas y consultas públicas, cómo las políticas y regulaciones existentes pueden adaptarse o informarse en el contexto de las creaciones de IA y el uso de obras con derechos de autor en el entrenamiento de IA.”

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Términos mencionados en esta doctrina: derechos, oficina, registro, inteligencia, artificial, copyright, elementos, generativa, diversas, entidades.

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